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Tierra vacía no da comida: ¿y el impuesto sobre tierras ociosas?
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Algo más de 11 años han transcurrido desde la aprobación de la Ley 113 “Del Sistema Tributario” que establece en su artículo 175 el impuesto por la ociosidad de tierras agrícolas y forestales.

El tipo impositivo del impuesto abarca un rango de 45 mil a 180 mil pesos cubanos por hectárea, en dependencia de la categoría de la tierra, y se les debe aplicar a las personas naturales y jurídicas que las posean, sin importar si son de su propiedad o estatales. 

En la Ley 130 “Del Presupuesto del Estado para el año 2020”, del 20 de diciembre de 2019, en su Artículo 102, se dispuso la aplicación de este tributo durante el año 2020 en las provincias de Pinar del Río, Artemisa, Mayabeque, Matanzas y Cienfuegos, a partir del Balance de Uso y Tenencia de la Tierra correspondiente al año 2018, que elabora el Ministerio de la Agricultura. 

Una resolución del Ministerio de finanzas y precios señalaba por entonces que los delegados municipales de la Agricultura, deben notificar el Certifico de Explotación de la tierra a los sujetos referidos en su apartado Primero… En fin existe claridad de lo que le corresponde hacer a cada cual pero como ocurre con muchas legislaciones, todavía no me he enterado del primer dueño o usufructuario de tierras ociosas que haya tenido que pagar un peso por no haberlas puesto en explotación. Y solo hay que transitar por carreteras y terraplenes para ver marabú y malezas a ambos lados aunque cada hectárea de tierra tiene nombres y apellidos. 

Todo el que posee tierras, incluyendo los que la tienen en propiedad privada, así como las personas jurídicas como las CPA y UBPC, tiene la obligación de explotarlas. Creo que si se hubiese aplicado con el rigor que necesitamos el impuesto sobre tierras ociosas, hace rato que unos cuantos hubieran levantado las manos y estuvieran ya en poder de personas con la voluntad de ponerlas a producir. Conozco excelente productores que han solicitado tierras aledañas que durante años han estado ociosas en poder de CPA y siguen sin cultivarse. La legislación en vigor establece que es en el municipio donde se resuelven estos problemas, lo que evita trámites engorrosos e innecesarios. Es allí además donde debe existir el máximo interés por explotar la tierra y asegurar los alimentos al pueblo. Es inadmisible continuar con tierras ociosas por no hacer cumplir la ley. “Tierra vacía no da comida”, solía reiterar el querido científico Sergio Rodríguez Morales, fallecido el pasado domingo y tenemos el deber de honrar con hechos concretos su memoria.

Fuente: CMHW

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