
En esta sección usted podrá formular quejas, planteamientos y denuncias, que según su criterio deben ser objeto de tramitación por la Delegación del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en la Provincia.
Si desea obtener respuesta a su queja, planteamiento o denuncia debe introducir alguno de los datos personales que se solicitan a continuación u otra información de contacto.
También puede ejercer sus planteamientos, quejas y/o denuncias de manera personal en la Unidad de Organización y Gestión Integral del CITMA, ubicada en Calle Candelaria #6 entre Cuba y Colón. Santa Clara. Villa Clara o comunicarse al teléfono 42202525. La especialista encargada es Derelys Jenny García Montiel derelys.garcia@citmavcl.gob.cu
Preguntas Frecuentes
Dirigirse a la Dirección Provincial de la Agricultura. Previamente se puede asesorar mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 134.
Dirigirse a la Delegación Territorial de Recursos Hidráulicos o a la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse previamente a través de la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 148 y 149.
Dirigirse a la Delegación Territorial de Recursos Hidráulicos o a la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse previamente a través de la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 148 y 149.
Dirigirse a la Delegación Territorial de Recursos Hidráulicos o a la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse previamente a través de la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 148 y 149.
Dirigirse a la Delegación Territorial de Recursos Hidráulicos o a la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse previamente a través de la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 148 y 149.
Dirigirse a la Delegación Territorial de Recursos Hidráulicos o a la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse previamente a través de la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 148 y 149.
Dirigirse a la Delegación Territorial de Recursos Hidráulicos o a la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse previamente a través de la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 148 y 149.
Dirigirse a su Área de Salud y contactar con el Especialista de Higiene y Epidemiología o la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 152.
Dirigirse a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social. Puede asesorarse previamente mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 152.
Dirigirse a la Unidad de la Policía Nacional Revolucionaria más cercana. Puede asesorarse previamente mediante el Decreto 141 de 1988 “Contravenciones de las regulaciones de orden interior”.
Dirigirse a su Área de Salud y contactar con el Especialista de Higiene y Epidemiología o la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse previamente mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 118.
Dirigirse a la Dirección de Comunales del territorio. Puede asesorarse previamente mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 110.
Dirigirse a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social. Puede asesorarse previamente mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 118 y 152.
Dirigirse a su Área de Salud y contactar con el Especialista de Higiene y Epidemiología o la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse previamente mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 118.
Dirigirse a la Dirección Provincial de Salud Pública. Puede asesorarse previamente mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 118.
Dirigirse a la Dirección Provincial de la Agricultura, la Industria Pesquera, el Cuerpo de Guardabosques y la Delegación Territorial del CITMA. Puede asesorarse previamente mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 116.
Dirigirse a la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental de Villa Clara (ORSA) ubicada en la Delegación Territorial del CITMA en Candelaria No.6 entre Cuba y Colón, teléfono: 42202300. Puede asesorarse previamente mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente.
Dirigirse a la Dirección Provincial de la Agricultura. Puede asesorarse previamente mediante la Ley 81/97 del Medio Ambiente. ARTÍCULO 15 y 105.
Debe dirigirse a la SubDelegación de Ciencia, Tecnología e Innovación, al departamento de programas y proyectos para exponer sus inquietudes. Tel: 42274224/42202188
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